domingo, 13 de enero de 2013

INFORMACION SOBRE SWAPP Y ACCIONES PREFERENTES
PARA EVITAR QUE NOS SIGAN ENGAÑANDO NUESTRAS ENTIDADES FINANCIERAS


PRODUCTO FINANCIERO QUE, AL IGUAL QUE EL SUELO, EVITARÁ QUE LOS
AFECTADOS PAGUEN MENOS
El "swap", nueva pesadilla de los hipotecados
Contrato externo a la hipoteca que se ha vendido como un
'seguro' anti subida de tiposMiles de prestatarios firmaron un
elevado interés pactado con el Euribor en máximosAusbanc: 'Esta
cobertura es legal, pero se ha abusado en su
comercialización'Algunos bancos y cajas obligaron a sus
empleados a cerrar, al menos, un 'swap' al mesVarias sentencias
han dado la razón al cliente por 'falta de información' desde la
entidad

i hace unas semanas la cláusula del suelo sorprendía a los
hipotecados dejando sin efecto el 100% del desplome del Euribor
en sus cuotas mensuales, ahora un nuevo producto financiero, con
hasta ocho apodos diferentes, puede frustrarles las jugosas
rebajas económicas procedentes de la caída del índice
hipotecario. ¿Le suenan los términos 'swap', IRS, 'clip', 'bono
clip', cuota segura, permuta financiera, contrato cobertura
hipoteca o cobertura de tipos? Si es así y el día que firmó
alguno de estos derivados no se informó, puede llevarse un
inesperado susto con sus próximos recibos ligados a la hipoteca.
¿Por qué sube el Euribor?


El 'swap' es un producto financiero complejo con casi medio
siglo de historia pensado, principalmente, para empresas y
autónomos por el que los prestatarios y las entidades
financieras sellan un acuerdo en el que los créditos van a estar
referenciados a un tipo de interés fijo durante un plazo
establecido, independiente de variaciones externas. Aunque no
está dirigido a las hipotecas, tras el verano, cuando el Euribor
toco su máximo en julio (5,3%), los bancos y cajas comenzaron a
venderlo a sus clientes, que ahora son casi indemnes a la caída
libre del índice. Este producto también se usa, por ejemplo, en
el intercambio de divisas o en la compra de barriles de petróleo
para fijar un valor fijo a las monedas y un precio fijo al
barril independientemente de sus fluctuaciones.

Esta permuta financiera, como derivado, no aparece en las
escrituras ni en el contrato hipotecario en sí. Se firma en un
documento anexo durante cualquier momento de la vida del
préstamo hipotecario. Con ella, el hipotecado se asegura pagar
un interés fijo máximo durante un periodo de tiempo aunque el
nivel del Euribor esté muy por encima. En principio, y sobre el
papel, un buen producto. Y más si tenemos en cuenta que la
entidad abona la diferencia al cliente cuando el Euribor es
superior al tipo de referencia pactado. El problema llega cuando
los tipos de interés bajan considerablemente, como ha ocurrido.
'Yo he caído en el timo' "Yo he caído en el 'timo'. En octubre,
después de reunirnos con el notario, la entidad me obligó a
contratar este seguro -así lo denomina aunque realmente no lo
es- de cobertura de tipos de interés en el momento de la firma.
Era una de las condiciones, que desconocíamos hasta ese momento,
y me la colaron. Sellé este producto al tipo pactado del 5,10%
hasta el 1 de mayo de 2009 y del 5,20% del 1 de mayo de 2009 al
1 de noviembre de 2013. Durante estos primeros seis meses, la
caja me ha ingresado 20 euros al mes porque cuando revisé el
Euribor estaba ligeramente por encima del 5,10%. Ahora, con el
indicador por debajo del 2%, tendré que pagar, además de la
cuota de la hipoteca, otros 206 euros en concepto de liquidación
de coberturas", afirma indignada Eva, que incluso puede
mostrarse satisfecha porque cuenta con un tipo de referencia
mínimo del 3% (un suelo dentro de este 'swap'). [Consulte la
tabla de pagos de Eva]

Explicado de otras palabras, las hipotecas que estén sujetas a
este derivado deberán ajustarse siempre al tipo pactado. Si éste
está por debajo del Euribor, la entidad financiera le abona la
diferencia, pero si está por encima le tocará al cliente
compensar la variación. Eva, al tener un tipo de referencia
mínimo del 3%, 'sólo' tiene que hacer frente al 2,1% restante
que queda para alcanzar el 5,1%. Si este mínimo no existiera, la
liquidación por cobertura sería mucho mayor. Esta cifra va
desligada de la cuota hipotecaria, que sí que baja, pero la
entidad financiera la compensa con el ingreso que supone el
'swap'.

Eva y su novio, después de semanas 'peleándose' con su caja, han
conseguido que ésta les haga una contraoferta que, según ellos,
aún es peor que lo ya firmado. "Nos ha ofrecido un tipo mínimo
del 2,135% (ahora lo tiene en el 3%) durante primer año y del
4,95% los siguientes seis, mientras que del tipo máximo nos lo
fija en el 5,75% durante estos siete años. Sin duda, unas
condiciones aún peores de las que tenemos firmadas", señala Eva.
"Después de mostrarle nuestra indignación y decirles que nos
estamos asesorando y dispuestos a llegar hasta donde sea, la
entidad no hace nada más que pedirnos más tiempo para estudiar
nuestro caso", apunta la afectada. 'Las entidades han sabido
cuál era el momento exacto para venderlo'"Se ha estado
ofreciendo algo como seguro cuando no lo era. Es un producto que
cubre las espaldas de ambas partes, pero lo que ha ocurrido es
que las entidades han sabido cuál era el momento exacto para
venderlo: con el Euribor en máximos y con los hipotecados
cansados de ver cómo su cuota mensual subía semestral o
anualmente. Los clientes, cuando se les ofreció en los meses de
agosto, septiembre y octubre, sólo pensaban en que no iban a
tener que pagar más en sus próximas revisiones y muchos
firmaron. En estas situaciones, siempre hay que pensar que el
banco nunca pierde", señala Pablo Pérez, delegado territorial de
la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc) de Jaén y Granada.

Pérez, que cifra en miles los afectados, les recomienda que
reclamen en primer lugar a su banco o caja, después a la
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y luego a los
juzgados. Lo que en ningún caso aconseja Pérez es la cancelación
del 'swap' porque ésta acarrea un elevado gasto. Recientemente,
un juez ha dado la razón a un cliente en Jaén y a otro en Álava
en detrimento de la entidad alegando que ésta "no explicó bien
las cláusulas... del contrato, que no son claras".

"Esta cobertura es legal, pero se ha abusado en su
comercialización", apunta el representante de Ausbanc. Además,
como nos ha recordado Pérez, el Gobierno aprobó un Real Decreto
en 2003 para que los bancos y cajas informaran de la existencia
de esta cobertura de riesgo ante los continuados incrementos de
tipos. Algo que entonces parece que no se produjo y sí cuando el
Euribor estaba en su máximo histórico. Empleados de las
entidades reconocen el oportunismo del productoVarios bancarios
de las principales entidades de España con los que ha contactado
suvivienda.es y que gestionan a diario este tipo de productos
reconocen las imprudencias cometidas. "Estos 'swaps' o IRS no se
han vendido de la mejor manera ni a las personas que más lo
necesitan. Ha faltado conocimiento e información al respecto",
apunta Juan. Más contundente se muestra Lidia, que admite que
"este producto se puso de moda desde hace un año, aunque ella se
negó a ofrecerlo". Y eso que en su banco se dio orden de que
cada 'fuerza de venta' (empleado) debía cerrar un 'swap' al mes.
"Al principio, la gente te daba las gracias, pero ahora...",
dice Lidia. La OCU recomienda no fiarse del banco o caja de toda
la vida"Esto lo han vendido los bancos y cajas como la panacea
desde el verano y desde principios de año estamos recibiendo
decenas de reclamaciones, cuando la gente se ha comenzado a dar
cuenta que sus hipotecas bajan por un lado, pero deben abonar
dicha diferencia por otro. Nuestro consejo es que no hay que
fiarse del comercial ni del director de tu entidad, aunque sea
la de toda la vida. El usuario debe leerse de arriba abajo cada
documento que firma y si puede ser llevárselo a alguien que sea
especialista en el asunto", señala Iliana Izverniceanu, portavoz
de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) al mismo
tiempo que da esperanza a los afectados recordando que hay
sentencias favorables a los clientes.

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